Derecho supranacional.
El que está por encima del ámbito de los gobiernos e instituciones nacionales y que actúa con independencia de ellos.
Ejemplo: ONU, Tribunal Mundial, etc.
Las normas que cada Estado posee para regular la convivencia dentro de sus límites, se llama Derecho Interno.
Cuando el Estado mismo se relaciona con otros Estados o los civiles de un Estado con los residentes en otro, surge el problema de cual es el Derecho aplicable (si el de un país o el del otro) ámbito normativo que es ocupado por el Derecho Internacional, que trasciende las fronteras de los estados.
Cuando los sujetos de Derecho son Estados en ejercicio de su función pública el Derecho Internacional aplicable, se denomina Derecho Internacional Público, que es un Derecho supranacional que se incorpora al Derecho de cada Estado por su acuerdo.
También quedan comprendidos en sus disposiciones las actuaciones de los particulares que afecten en conjunto a la comunidad internacional, o la de los estados con los organismos internacionales, o estos entre sí. Como todo derecho público trasciende al interés particular, pero para que sea válido en cada estado, estos deben suscribir el acuerdo de que se trate. Esto no es necesario en caso de pactos, pero su cumplimiento no es obligatorio. En esto se diferencia de las normas nacionales, ya que ellas dictadas por el legislador son impuestas obligatoriamente a los habitantes aún en contra de su voluntad.
En el derecho Internacional Público el consentimiento de los estados es requisito de validez de la norma. Cuando se regulan las situaciones entre particulares de distintos estados se denomina Derecho Internacional Privado, que decide cuál es el Derecho aplicable en el caso concreto y qué Juez (de qué país) es el que debe intervenir, comprendiendo también el tema de la extradición. Se tienen en cuenta los convenios celebrados por los estados con otros estados en los temas sujetos a discusión. Por ejemplo el matrimonio debe regirse por la ley del país del último domicilio conyugal, en el caso de adopción la ley aplicable es la del lugar de residencia del menor.
Desde tiempos remotos los estados comprendieron que la existencia de los otros, los obligaba a relacionarse con ellos a través de guerras, o relaciones comerciales o para sellar tratados de paz.
Los estados tienen representantes diplomáticos de su país en estados extranjeros, con los cuales suscribe acuerdos o tratados. Existen además organismos internacionales, como la ONU (Organización de las Naciones Unidas) que celebra con sus estados miembros, numerosos tratados internacionales, que luego son aplicados en sus respectivos países.
La ONU es el organismo que se ocupa de los asuntos internacionales a través de los siguientes aparatos administrativos: la Asamblea General (Vota cuestiones trascendentes como el ingreso de nuevos estados o las relativas a la seguridad), el Consejo de Seguridad (que dicta resoluciones obligatorias para los estados miembros) Secretaría General, Consejo Económico y Social, la Corte Internacional de Justicia (resuelve cuestiones entre estados o contesta consultas de la Asamblea o el Consejo) y el Consejo de Administración Fiduciaria. Su Carta Magna es la Carta de las Naciones Unidas.
A falta de tratados internacionales, se aplican en las relaciones entre estados, las costumbres internacionales y los principios generales del Derecho. La facultad de aplicación normativa a nivel internacional la poseen los tribunales internacionales, como por ejemplo el de La Haya, cuya jurisdicción debe ser aceptada por las partes.
Derecho nacional:
El derecho interno o nacional se defino como aquel conjunto de reglamentaciones de
derecho positivo que se encuentran vigentes en un determinado estado y el derecho positivo se define como que tiene fuentes y sanciones que le son propias a ese estado y que constituyen normas que regirán las relaciones de los particulares dentro de ese estado sin que intervenga ningún elemento extraño o exterior a ese estado.
Derecho Publico :
Es el que se refiere a la organización de las cosas publicas, o sea que regula las relaciones del Estado con: los demás Estados, Organizaciones Publicas, Los Individuos, y a su vez el que regula las relaciones de los Individuos con la Sociedad a la que pertenece y las relaciones de la misma entre si. Se puede dividir en varias clasificaciones basadas en su relación con otras ciencias y por su objetividad : Derecho Penal, Derecho Constitucional, Derecho Electoral, Derecho Administrativo, Derecho Fiscal, Derecho Tributario, Derecho Agrario, Militar, etc. Derecho Publico Nacional:
Es el que se refiere a la organización de las cosas publica nacionales de un país.
Derecho Privado :
Es el que se refiere o actúa al interés de los sujetos entre si y concierne a las relaciones del individuo con sus semejante para satisfacer sus necesidades personales. Se puede dividir en varias clasificaciones basadas en su relación con otras ciencias y por su objetividad: Derecho Civil, Comercial, Marítimo, Internacional, Derecho de Trabajo, Etc.
Derecho Privado Nacional :
Es el que se refiere o actúa al interés de los sujetos entre si y concierne a las relaciones del individuo con sus semejante para satisfacer sus necesidades personales en un país determinado
Evolución constitucional 1936 a 1999
Constitución Federal de 1936
Artículo principal: Constitución de Venezuela de 1936
La Constitución de los Estados Unidos de Venezuela fue aprobada el 16 de julio de 1936 durante la presidencia de Eleazar López Contreras. Su importancia se centra en ser la primera constitución política del Estado después de la dictadura de Juan Vicente Gómez. Aunque acaba con el carácter personalista1 de sus predecesoras, en un principio tenía características más restrictivas que las siete constituciones gomecistas, hasta que el 23 de abril de 1945 el presidente Isaías Medina Angarita impulsa una reforma profundizando el proceso de democratización que había comenzado en 1936. El 18 de octubre de 1945 un golpe de Estado planeado por el sector militar y apoyado por Acción Democrática derroca a Medina. La nueva Junta Revolucionaria de Gobierno convoca en 1946 elecciones constituyentes, lo que conduce a la aprobación de la Constitución de 1947, que deroga la de 1936.
[editar] Constitución Federal de 1947
Artículo principal: Constitución de Venezuela de 1947
La Constitución de Venezuela de 1947 fue aprobada el 5 de julio de 1947 por una Asamblea Constituyente, esta carta magna derogaba la Constitución de 1936 reformada en 1945 por el gobierno de Isaías Medina Angarita. Fue la primera constitución de verdadero corte democrático ya que en ella se establecía por primera vez la elección libre directa y universal, estableciendo por primera vez en una constitución venezolana el voto femenino, el de los analfabetas y mayores de 18 años.
El 18 de octubre de 1945 un grupo de militares con la ayuda del partido Acción Democrática da un golpe de Estado al presidente Isaías Medina Angarita en lo que ellos denominaron la Revolución de Octubre, ante la falta de legitimidad de esta nueva Junta Revolucionaria de Gobierno se decide convocar a elecciones para elegir 160 constituyentes en 1946; serían estos constituyentes los que derogarían la constitución de 1936 reformada nueve años después, entre los constituyentes más destacados se encontraban Andrés Eloy Blanco, Rafael Caldera, Gustavo Machado y Lorenzo Fernández entre otros.
La constitución de 1947 es derogada por acto de fuerza luego del golpe de Estado del 24 de noviembre de 1948. Luego con el retorno de la democracia la Constitución de 1961 tendría buena parte de su articulado inspirado en la constitución del 47.
[editar] Constitución de la República de Venezuela de 1953
Artículo principal: Constitución de Venezuela de 1953
La Constitución de Venezuela de 1953 fue aprobada el 11 de abril de 1953 por la Asamblea Constituyente electa el 30 de noviembre de 1952. Si bien en su concepción fundamental se establecía un Estado democrático, alternativo, electivo, federal y representativo; en la práctica no se cumplían estos preceptos.
Ésta nueva constitución derogaba la Constitución de 1947 que realmente había sido derogada por acto de fuerza el 24 de noviembre de 1948 luego del golpe de Estado encabezado por Marcos Pérez Jiménez. Algunos de los aspectos fundamentales en los que destaca la Constitución de 1953 es que omitía en su declaración preliminar la representación del Pueblo Soberano de Venezuela y la figura de Simón Bolívar que habían sido exaltados en la constitución anterior, además suprimía varios de los aspectos considerados socialistas de 1947.1
Las disposiciones transitorias establecían que para el período 1953-1958 sería la Asamblea Constituyente la encargada de elegir al Presidente de la República, la Cámara de Diputados, la Cámara del Senado, la Corte Federal, la Corte de Casación, el Contralor de la Nación, el Subcontralor, el Procurador de la Nación, las Asambleas Legislativas de los Estados, los Concejos Municipales, el Consejo del Distrito Federal, además de los suplentes que fueren necesarios para cada uno de estos cargos, es decir, todos los cargos de elección universal, directa y secreta.
Características
• Se restablece el nombre de República de Venezuela que había perdido en 1864 por Estados Unidos de Venezuela.
• Consta de cinco capítulos para un total de 142 artículos; además de 8 disposiciones transitorias y una final.
• El Poder Público se distribuye entre el Poder Público Municipal, el de los Público de los Estados y el Público Nacional.
• El Poder Público Nacional se dividía en Legislativo, Ejecutivo y Judicial.
• Se continúa con la división territorial de Estados, Distrito Federal, Territorios Federales y Dependencias Federales. El de los Estados se divide en Distrito y el de éstos en Municipios. El Distrito Federal y el de los Territorios Federales se dividían conforme lo determinaran sus leyes orgánicas.
• Se elimina la Corte Suprema de Justicia y se reemplaza por la Corte Federal y la Corte de Casación.
• El Ministerio Público estaba a cargo del Procurador General de la Nación.
• La Corte Federal y la Corte de Casación estaban integradas por vocales elegidos para un período de cinco años.
• El artículo 99 establecía una forma de presidencialismo que no había existido en las otras constituciones venezolanas "Lo relativo al Gobierno y a la Administración Nacionales no atribuidos por esta Constitución a otra autoridad, compete al Poder Ejecutivo Nacional."
• Los Senadores se elegían por la correspondiente Asamblea Legislativa de los Estados y por el Concejo Municipal en el caso del Distrito Federal, a razón de dos por cada entidad.
• Los Diputados se elegían por votación universal, directa y secreta.
• Se mantienen las facilidades respecto a la naturalización de latinoamericanos y españoles en Venezuela.
[editar] Constitución de la República de Venezuela de 1961
Artículo principal: Constitución de Venezuela de 1961
Constitución de caracter federal aprobada el 23 de enero de 1961 por el Congreso de la República durante la presidencia de Rómulo Betancourt. Estuvo vigente 38 años hasta que fue derogada por la aprobación de la Constitución de 1999 mediante Referendum popular el 15 de diciembre de 1999, Establece el principio de inviolabilidad de la Constitución.
A esta Constitución le fue aprobada la Enmienda N° 1 por el Congreso Nacional, fue Sancionada el 9 de mayo de 1973, promulgada el 11 del mismo mes y año, y publicada en la Gaceta Oficial N° 1585 del 11 de mayo de 1973. Su objetivo fue inhabilitar al ex-dictador Marcos Pérez Jiménez de ser electo Presidente de la República o desempeñar cargos parlamentarios ante el Congreso.
En 1983 se aprobo la Enmienda N° 2 Aprobada por el Congreso, fue Promulgada el 16 de marzo del mismo año, contempló varios aspectos innovadores. Entre otros: la reforma del sistema electoral para los Concejos Municipales y las Asambleas Legislativas. La enmienda fue sancionada tras dos años de discusiones del proyecto original, el cual no fue aprobado en su totalidad. Una propuesta de ampliación de los derechos políticos de los venezolanos por naturalización y permitir la intervención de los Concejos Municipales por parte del Congreso Nacional fueron rechazadas.
[editar] Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999
Artículo principal: Constitución de Venezuela de 1999
Texto constitucional vigente y unico que ha sido aprobado mediante referéndum popular el 15 de diciembre de 1999 y promulgado por una Asamblea Constituyente el 30 de diciembre de 1999, durante la presidencia de Hugo Chávez. Establece que Venezuela es un Estado Social de Derecho y de Justicia, Democrático y Federal.
A esta Constitución le fue introducida la Enmienda N° 1 que contempla la modificación de 5 artículos de la Constitución de 1999 (160, 162, 174, 192 y 230) con el fin de permitir la reelección inmediata de cualquier cargo de elección popular de manera continua o indefinida, propuesta por la Asamblea Nacional, y aprobada en Referendum popular el 15 de febrero de 2009.
Algunos de los hechos históricos que han permitido alcanzar el reconocimiento de los Derechos Humanos en el mundo
>>> el Código de Hamurabi: Tratando de aproximarse al origen de los Derechos Humanos, uno de sus principios estuviera en el Código de Hamurabi que es el primero en regular la conocida Ley del Talión en el cual se establece una proporcionalidad de la venganza, de la agresión y la respuesta.
>>> Los Diez Mandamientos del Antiguo Testamento: son otro antecedente en la historia de los Derechos Humanos; ya que estableciendo prohibiciones se reconocían valores fundamentales para los seres humanos. El Cristianismo, dio origen a una nueva etapa en el desarrollo histórico de los Derechos Humanos, al proclamar la igualdad entre los seres humanos y al rechazar la violencia. Todo ello contribuyó a la aceptación de principios, especialmente entre los pueblos oprimidos y los esclavos.
>>> El Derecho Romano: una de las herencias culturales mas perdurables que el Imperio Romano nos ha dejado y uno de los factores principales de la cultura de occidente es el Derecho Romano. Ha sido algo importante para el desarrollo de una vida disciplinada, no solo en el Imperio Romano sino también en el legado de sociedades posteriores. "Para el año 449 a.C. se habían expuesto las Doce Tablas, el principio por el cual los ciudadanos podían reclamar sus derechos y defender ante los tribunales".
>>> Declaración de Derechos de Virginia: Se la firmo un mes antes de la Declaración de Independencia de los Estados Unidos. En este documento se afirmaba que "la existencia de ciertos derechos innatos que tienen todos los hombres una vez que entran en estado de sociedad no se pueden privar o desposeer bajo ningún pacto". En resumen en este documento se afirma que "todo poder es inherente al pueblo y precede de el; los magistrados son mandatarios del pueblo, servidores y en cualquier momento responsables ante el; los poderes legislativo, ejecutivo y judicial deben ir separados; y la libertad de prensa es uno de los grandes baluartes de la libertad y no puede ser restringida jamás, a no ser por gobiernos despóticos".
>>> Declaración de Independencia de los Estados Unidos: En la Declaración de Independencia de los Estados Unidos se expresa de una manera muy bien lograda que "todos los hombres son creados iguales; son dotados por su creador de ciertos derechos inalienables, entre los cuales están la vida, la libertad y la búsqueda de la felicidad."Para garantizar estos derechos se instituyen entre los hombres, gobiernos que derivan sus poderes legítimos bajo el consentimiento de los gobernados. "Siempre que una forma de gobierno se haga destructora de estos principios el pueblo tiene el derecho a reformarlo o abolirlo e instituir un nuevo gobierno que se funde en dichos principios."
>>> La Revolución Francesa El desarrollo de los Derechos Humanos individuales alcanza su mayor riqueza en las ideas liberales de la Revolución Francesa en 1789, con la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, en donde se expresa el carácter universal de los Derechos Humanos y su pertenencia al hombre por ser humano. Esta Revolución se dio en momentos en que millones de personas eran objeto de opresión.
En la Declaración de los Derechos del hombre se reitera que los hombres nacen y permanecen libres e iguales con sus derechos; la meta de toda asociación política es la conservación de los derechos; el origen de la soberanía reside esencialmente en la nación, ningún órgano ni individuo pueden ejercer autoridad que no emane expresamente de ella; y por ultimo, la ley es la expresión de la voluntad general y todos los ciudadanos tienen el derecho de participar personalmente o por medio de sus representantes
>>> La Declaración Universal de los Derechos Humanos: Para terminar después de tantas luchas el 10 de diciembre de 1948, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobaba oficialmente la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH). Hubo 48 votos a favor, ocho abstenciones y ningún voto en contra. Por primera vez, los líderes de la humanidad tenían el coraje de poner por escrito la visión de una sociedad de personas libres e iguales y reconocer un conjunto de derechos a todos los seres humanos por el sólo hecho de serlo. Aunque no es vinculante, ni obligatoria su importancia es indiscutible. De hecho es el documento traducido a más idiomas del que se tiene constancia, 237 según la propia ONU. Para redactar la Declaración y elaborar una serie de instrumentos para la defensa de los derechos humanos se creó un Comité formado por ocho miembros: Eleanor Roosevelt, de Estados Unidos, René Cassin (Francia), Charles Malik (Líbano), Peng Chun Chang (China), Hernán Santa Cruz (Chile), Alexandre Bogomolov/Alexei Pavlov (Unión Soviética), Lord Dukeston/Geoffrey Wilson (Reino Unido) y William Hodgson (Australia).Ellos fueron los responsables de la DUDH, aunque la gran protagonista fue sin duda Eleanor Roosevelt, viuda del presidente Franklin Delano, fallecido apenas tres años antes en 1945. Se convirtió en una de las grandes defensoras de los Derechos Humanos y suya es la calificación de la DUDH como "la Carta Magna de la humanidad" cuando habló ante la ONU pidiendo su ratificación
Origen y evolución histórica de los derechos en Venezuela
A continuación presentamos algunos de los hechos históricos mas importantes que han permitido alcanzar el reconocimiento de los derechos humanos para la población venezolana
>>> La Resistencia indígena (1550-1560): Como una forma de protesta contra los abusos de los españoles, los indígenas de la costa oriental de Venezuela Destruían
los conventos y templos edificados por las congregaciones religiosas. Durante 40 años, los españoles no pudieron asentar sus ciudades en esta zona, debido a la fuerte resistencia de la población indígena.
>>> Primera rebelión popular contra las políticas económicas de la corona española (1749): Se trata de la primera revuelta popular contra el monopolio comercial ejercido por la Compañía Guipuzcoana en Venezuela. Aunque es aplastada, logra llamar la atención de las autoridades españolas, quienes finalmente reconocen el derecho de los productores y mercaderes locales a comerciar. En 1785 la Compañía Guipuzcoana es eliminada.
>>> Sublevaciones de población negra e indígena por sus derechos ,1795 (Coro), 1798 (Cariaco), 1799 (Maracaibo): Estas acciones de carácter popular pretendían protestar contra el cobro de impuestos por parte de la corona española al trabajo que realizaban, así como exigir la libertad de los esclavos. Fueron violentamente reprimidas y sus líderes perseguidos y ajusticiados. Destaca la acción de José Leonardo Chirinos en Coro, quien se convierte en líder principal de estas revueltas.
>>> Primeros movimientos independentistas (1797): Gual y España encabezan un movimiento multirracial (por primera vez se reconocía la existencia de diferentes grupos sociales y étnicos en Venezuela) inspirado en los ideales de la Revolución Francesa -libertad, igualdad, propiedad y seguridad-. La conspiración es descubierta y sus líderes ajusticiados y asesinados. Sin embargo, se considera el movimiento precursor de la independencia
>>> Creación de la Junta Patriótica (1810-1811): Con ánimo independentista se crea esta institución, que promueve la Declaración de Independencia por diversos medios: periódicos, protestas callejeras, reuniones políticas, en las que participan mantuanos, pardos y negros libres.
>>> La Guerra de Independencia (1821): Venezuela alcanza su libertad definitiva de la corona española con esta batalla, conducida por el Libertador Simón Bolívar.
>>> Abolición de la esclavitud (1854): El gobierno de Monagas produce un decreto que concreta las largas luchas de los esclavos negros por alcanzar su libertad.
>>> Primera huelga petrolera (1925): Los trabajadores petroleros realizan la primera protesta organizada para exigir mejores condiciones de trabajo y un salario más justo. No se alcanzan los resultados esperados.
>>>Aprobación de la primera Ley del Trabajo (1928): Las presiones de los trabajadores petroleros confluyen en la aprobación de la primera Ley del Trabajo, donde el Estado venezolano se acogía a los compromisos internacionales asumidos por la Sociedad de Naciones y la OIT. Sin embargo, esta medida no significó mejoras tangibles para los trabajadores
>>>Semana del Estudiante (Generación del 28) 1928: En plena dictadura gomecista, el movimiento estudiantil apela a la creatividad y solidaridad para expresar su oposición al gobierno. La elección de la reina de carnaval se convierte en un espacio de denuncia que produce la detención de varios dirigentes estudiantiles. Más de doscientos estudiantes se entregan voluntariamente a las autoridades para ejercer presión por la libertad de sus compañeros, meta que finalmente alcanzan
>>> Semana del Estudiante (Generación del 28) 1928: En plena dictadura gomecista, el movimiento estudiantil apela a la creatividad y solidaridad para expresar su oposición al gobierno. La elección de la reina de carnaval se convierte en un espacio de denuncia que produce la detención de varios dirigentes estudiantiles. Más de doscientos estudiantes se entregan voluntariamente a las autoridades para ejercer presión por la libertad de sus compañeros, meta que finalmente alcanzan
>>> Constitución Nacional (1961) El 23 de enero de 1958 una revuelta cívico-militar derroca al régimen del general Marcos Pérez Jiménez. La Junta de Gobierno promulga la nueva Constitución, que amplía la protección a los derechos sociales y mantiene las conquistas de derechos civiles, sobre todo los referentes al sufragio.
>>> El Caracazo 1989Espontánea y desordenadamente, una enorme poblada toma las calles de Caracas para protestar contra las medidas económicas anunciadas por el gobierno recién iniciado. La represión vivida en los días posteriores convierte este hecho en uno de los más lamentables en materia de respeto a los derechos humanos
>>>Una nueva Constitución Garantiza de los derechos humanos (1999)
Venezuela aprueba una nueva Constitución donde se reconocen y amplían un conjunto de derechos humanos, tanto civiles y políticos como económicos, sociales y culturales. La acción de las organizaciones no gubernamentales de derechos humanos fue primordial en este proceso.
>>> En la actualidad los derechos humanos en Venezuela en su mayoría no son tomados en cuenta por este gobierno; porque se agrede a las personas tanto físicamente como verbalmente, también son discriminados y perseguidos los que no están en su gobierno para completar no se toman en cuenta la constitución nacional y asen lo que quieren con ella.
Globalización e interculturalidad
Las referencias a la "globalización" y a la "mundialización" son desde hace unas dos décadas un tópico presente en muchas facetas de nuestra vida. Los medios de comunicación hacen un uso continuo, y a veces un abuso, de estos términos. Los estudios sociológicos, económicos, históricos, etc... la sitúan muchas veces como punto de partida de sus análisis prospectivos o como la principal conclusión de los mismos.
Pero más allá de los debates generales, y, en contraste con otros fenómenos que también se nos anuncian como de crucial importancia, pero ante los que permanecemos obligadamente como espectadores lejanos, las vivencias re-cientes de muchos de nosotros nos proporcionan experiencias personales directas y datos que nos hacen sentirnos implicados y nos dan una visión propia del fenómeno de la globalización.
Así, somos testigos, a veces asombrados, de cambios que nos ponen en con
contacto directo con otras culturas; muchos hemos viajado fuera de nuestro país e incluso a otros continentes; algunos tenemos a familiares directos viviendo, trabajando o estudiando en el exterior (de una nueva manera, no ya como nuestro abuelo emigrante); el paisaje humano de nuestros barrios, ciudades o pueblos ha comenzado a trasformarse con la presencia de emigrantes magrevies, latinoamericanos, africanos, asiáticos y centroeuropeos;
El fenómeno es indudable, el mundo se ha hecho más familiar y cercano para amplios sectores de la población de los países que nos consideramos desarrollados y también para importantes sectores de la población de los países que consideramos subdesarrollados o tercermundistas.
II. Una globalización de amplia base. No hay escapatoria
La globalización no es un fenómeno nuevo. En otras épocas zonas importantes del mundo experimentaron una importante "globalización" (pensemos en el Mediterráneo con el Imperio Romano o en la actual América Latina con la colonización española). Incluso podemos decir que el origen de la actual globalización se encuentra hace ya unos cientos de años en las primeras manifestaciones del capitalismo.
Claro que esta globalización, que viene impulsada por una cadena de cambios económicos de gran profundidad, tendrá, con toda seguridad, unos alcances finales en todos los terrenos que hoy por hoy seguramente se nos escapan, pero que sin duda están provocando las más intensas y rápidas transformaciones en la vida del planeta que ha conoci-do la humanidad.
Cierto es que los países y poderes dominantes tienen enormes recursos económicos, políticos, culturales y militares para canalizar la "globalización" hacia sus intereses y para oponerse a aquellos aspectos que les puedan ser perjudiciales. Pueden, por ejemplo, ejercer una enorme presión para imponer la libre circulación de capitales entre los países (lo que han conseguido casi al cien por cien), a la vez que imponen restricciones a la libre circulación de aquellas mercancías en las que no son competitivos (por ejemplo, la Unión Europea con los productos agrícolas) y levantan imponentes aparatos legales, policiales y culturales para impedir la libre circulación de personas y trabajado-res.
También la globalización se da en un marco eminentemente conservador y en un momento en que el dominio del capi-tal aparece como absoluto. Tanto es así que el pensamiento mayoritario percibe las principales consecuencias y manifestaciones actuales de la globalización poco menos que como un "fenómeno natural" ante el que sólo cabe la aceptación resignada o, como mucho, protegerse, pero al que no es posible modificar ni muchos menos dirigir. La fuerza de la "revolución conservadora" que domina el panorama mundial de la política y de la cultura es tal que grandes sectores de la población, incluso entre las víctimas de esta "globalización", aceptan con resignación los síntomas, sin preguntarse por las causas y por las fuerzas que los impulsan.
Culturas y globalización
En el terreno cultural, entendiendo cultura en su sentido más amplio, se dan algunas de las transformaciones que mayor influencia pueden tener sobre nuestro futuro y en el terreno cultural pueden estar también algunas de las respuestas a los problemas planteados.
Una de las características de la globalización es la importancia que en la misma tienen las llamadas "industrias cultura-les" (cine, televisiones, editoriales, discos, video, video-clips, revistas, radios, periódicos, etc...). Probablemente este aspecto se nos escapa muchas veces y tendemos a pensar en lo cultural como algo no dominado por las leyes del mercado y cuando hablamos de un mercado mundial estamos pensando más en automóviles, maquinaria o materias primas que en discos, películas o canales de televisión, mientras que las tendencias apuntan a que el volumen de intercambio en este segundo terreno sea cada vez más importante.
Probablemente nos siga sorprendiendo el dato de que tanto el valor de la producción interna como los ingresos por exportación de automóviles de los Estados Unidos, sean inferiores al valor de la producción interna y de las exporta-ciones de su industria audiovisual, y, probablemente, si tenemos en cuenta la importancia de estos fenómenos nos sea más fácil entender, más allá de su cara política, las causas de la agresiva guerra de las televisiones digitales en nuestro país, sus relaciones con socios exteriores (de México, Francia, etc..).
La globalización se manifiesta en gran medida en el terreno cultural y tanto por la velocidad de transmisión de los modernos medios culturales, como por la agresiva presencia de las industrias en un mercado en crecimiento, como por la movilidad de la población y, sobre todo, por la emigración desde los países subdesarrollados hacia los desarrollados y por los desplazamientos forzados de población (refugiados y desplazados), hacen que la globalización cultural no se dé como un sereno intercambio entre doctores que hablan latín y que comparten intereses y religión, o como un fenómeno de lenta permeabilidad entre culturas, sino como un choque de culturas de una embergadura, intensidad y brevedad en el tiempo como nunca antes ha conocido la humanidad.
Y ese "choque" de culturas, en la magnitud que se empieza a dar y en la que previsiblemente tomará en un futuro muy cercano en función, básicamente de las migraciones y la expansión y conexión de los medios de comunicación, puede llevar a múltiples conflictos culturales y a fuertes enfrentamientos por un mercado (el cultural) que conoce la más rápida expansión y que es fuente de inmensos beneficios económicos, o al nacimiento de una nueva realidad donde la interculturalidad empiece a ser un patrimonio de la humanidad.
VI.
El que está por encima del ámbito de los gobiernos e instituciones nacionales y que actúa con independencia de ellos.
Ejemplo: ONU, Tribunal Mundial, etc.
Las normas que cada Estado posee para regular la convivencia dentro de sus límites, se llama Derecho Interno.
Cuando el Estado mismo se relaciona con otros Estados o los civiles de un Estado con los residentes en otro, surge el problema de cual es el Derecho aplicable (si el de un país o el del otro) ámbito normativo que es ocupado por el Derecho Internacional, que trasciende las fronteras de los estados.
Cuando los sujetos de Derecho son Estados en ejercicio de su función pública el Derecho Internacional aplicable, se denomina Derecho Internacional Público, que es un Derecho supranacional que se incorpora al Derecho de cada Estado por su acuerdo.
También quedan comprendidos en sus disposiciones las actuaciones de los particulares que afecten en conjunto a la comunidad internacional, o la de los estados con los organismos internacionales, o estos entre sí. Como todo derecho público trasciende al interés particular, pero para que sea válido en cada estado, estos deben suscribir el acuerdo de que se trate. Esto no es necesario en caso de pactos, pero su cumplimiento no es obligatorio. En esto se diferencia de las normas nacionales, ya que ellas dictadas por el legislador son impuestas obligatoriamente a los habitantes aún en contra de su voluntad.
En el derecho Internacional Público el consentimiento de los estados es requisito de validez de la norma. Cuando se regulan las situaciones entre particulares de distintos estados se denomina Derecho Internacional Privado, que decide cuál es el Derecho aplicable en el caso concreto y qué Juez (de qué país) es el que debe intervenir, comprendiendo también el tema de la extradición. Se tienen en cuenta los convenios celebrados por los estados con otros estados en los temas sujetos a discusión. Por ejemplo el matrimonio debe regirse por la ley del país del último domicilio conyugal, en el caso de adopción la ley aplicable es la del lugar de residencia del menor.
Desde tiempos remotos los estados comprendieron que la existencia de los otros, los obligaba a relacionarse con ellos a través de guerras, o relaciones comerciales o para sellar tratados de paz.
Los estados tienen representantes diplomáticos de su país en estados extranjeros, con los cuales suscribe acuerdos o tratados. Existen además organismos internacionales, como la ONU (Organización de las Naciones Unidas) que celebra con sus estados miembros, numerosos tratados internacionales, que luego son aplicados en sus respectivos países.
La ONU es el organismo que se ocupa de los asuntos internacionales a través de los siguientes aparatos administrativos: la Asamblea General (Vota cuestiones trascendentes como el ingreso de nuevos estados o las relativas a la seguridad), el Consejo de Seguridad (que dicta resoluciones obligatorias para los estados miembros) Secretaría General, Consejo Económico y Social, la Corte Internacional de Justicia (resuelve cuestiones entre estados o contesta consultas de la Asamblea o el Consejo) y el Consejo de Administración Fiduciaria. Su Carta Magna es la Carta de las Naciones Unidas.
A falta de tratados internacionales, se aplican en las relaciones entre estados, las costumbres internacionales y los principios generales del Derecho. La facultad de aplicación normativa a nivel internacional la poseen los tribunales internacionales, como por ejemplo el de La Haya, cuya jurisdicción debe ser aceptada por las partes.
Derecho nacional:
El derecho interno o nacional se defino como aquel conjunto de reglamentaciones de
derecho positivo que se encuentran vigentes en un determinado estado y el derecho positivo se define como que tiene fuentes y sanciones que le son propias a ese estado y que constituyen normas que regirán las relaciones de los particulares dentro de ese estado sin que intervenga ningún elemento extraño o exterior a ese estado.
Derecho Publico :
Es el que se refiere a la organización de las cosas publicas, o sea que regula las relaciones del Estado con: los demás Estados, Organizaciones Publicas, Los Individuos, y a su vez el que regula las relaciones de los Individuos con la Sociedad a la que pertenece y las relaciones de la misma entre si. Se puede dividir en varias clasificaciones basadas en su relación con otras ciencias y por su objetividad : Derecho Penal, Derecho Constitucional, Derecho Electoral, Derecho Administrativo, Derecho Fiscal, Derecho Tributario, Derecho Agrario, Militar, etc. Derecho Publico Nacional:
Es el que se refiere a la organización de las cosas publica nacionales de un país.
Derecho Privado :
Es el que se refiere o actúa al interés de los sujetos entre si y concierne a las relaciones del individuo con sus semejante para satisfacer sus necesidades personales. Se puede dividir en varias clasificaciones basadas en su relación con otras ciencias y por su objetividad: Derecho Civil, Comercial, Marítimo, Internacional, Derecho de Trabajo, Etc.
Derecho Privado Nacional :
Es el que se refiere o actúa al interés de los sujetos entre si y concierne a las relaciones del individuo con sus semejante para satisfacer sus necesidades personales en un país determinado
Evolución constitucional 1936 a 1999
Constitución Federal de 1936
Artículo principal: Constitución de Venezuela de 1936
La Constitución de los Estados Unidos de Venezuela fue aprobada el 16 de julio de 1936 durante la presidencia de Eleazar López Contreras. Su importancia se centra en ser la primera constitución política del Estado después de la dictadura de Juan Vicente Gómez. Aunque acaba con el carácter personalista1 de sus predecesoras, en un principio tenía características más restrictivas que las siete constituciones gomecistas, hasta que el 23 de abril de 1945 el presidente Isaías Medina Angarita impulsa una reforma profundizando el proceso de democratización que había comenzado en 1936. El 18 de octubre de 1945 un golpe de Estado planeado por el sector militar y apoyado por Acción Democrática derroca a Medina. La nueva Junta Revolucionaria de Gobierno convoca en 1946 elecciones constituyentes, lo que conduce a la aprobación de la Constitución de 1947, que deroga la de 1936.
[editar] Constitución Federal de 1947
Artículo principal: Constitución de Venezuela de 1947
La Constitución de Venezuela de 1947 fue aprobada el 5 de julio de 1947 por una Asamblea Constituyente, esta carta magna derogaba la Constitución de 1936 reformada en 1945 por el gobierno de Isaías Medina Angarita. Fue la primera constitución de verdadero corte democrático ya que en ella se establecía por primera vez la elección libre directa y universal, estableciendo por primera vez en una constitución venezolana el voto femenino, el de los analfabetas y mayores de 18 años.
El 18 de octubre de 1945 un grupo de militares con la ayuda del partido Acción Democrática da un golpe de Estado al presidente Isaías Medina Angarita en lo que ellos denominaron la Revolución de Octubre, ante la falta de legitimidad de esta nueva Junta Revolucionaria de Gobierno se decide convocar a elecciones para elegir 160 constituyentes en 1946; serían estos constituyentes los que derogarían la constitución de 1936 reformada nueve años después, entre los constituyentes más destacados se encontraban Andrés Eloy Blanco, Rafael Caldera, Gustavo Machado y Lorenzo Fernández entre otros.
La constitución de 1947 es derogada por acto de fuerza luego del golpe de Estado del 24 de noviembre de 1948. Luego con el retorno de la democracia la Constitución de 1961 tendría buena parte de su articulado inspirado en la constitución del 47.
[editar] Constitución de la República de Venezuela de 1953
Artículo principal: Constitución de Venezuela de 1953
La Constitución de Venezuela de 1953 fue aprobada el 11 de abril de 1953 por la Asamblea Constituyente electa el 30 de noviembre de 1952. Si bien en su concepción fundamental se establecía un Estado democrático, alternativo, electivo, federal y representativo; en la práctica no se cumplían estos preceptos.
Ésta nueva constitución derogaba la Constitución de 1947 que realmente había sido derogada por acto de fuerza el 24 de noviembre de 1948 luego del golpe de Estado encabezado por Marcos Pérez Jiménez. Algunos de los aspectos fundamentales en los que destaca la Constitución de 1953 es que omitía en su declaración preliminar la representación del Pueblo Soberano de Venezuela y la figura de Simón Bolívar que habían sido exaltados en la constitución anterior, además suprimía varios de los aspectos considerados socialistas de 1947.1
Las disposiciones transitorias establecían que para el período 1953-1958 sería la Asamblea Constituyente la encargada de elegir al Presidente de la República, la Cámara de Diputados, la Cámara del Senado, la Corte Federal, la Corte de Casación, el Contralor de la Nación, el Subcontralor, el Procurador de la Nación, las Asambleas Legislativas de los Estados, los Concejos Municipales, el Consejo del Distrito Federal, además de los suplentes que fueren necesarios para cada uno de estos cargos, es decir, todos los cargos de elección universal, directa y secreta.
Características
• Se restablece el nombre de República de Venezuela que había perdido en 1864 por Estados Unidos de Venezuela.
• Consta de cinco capítulos para un total de 142 artículos; además de 8 disposiciones transitorias y una final.
• El Poder Público se distribuye entre el Poder Público Municipal, el de los Público de los Estados y el Público Nacional.
• El Poder Público Nacional se dividía en Legislativo, Ejecutivo y Judicial.
• Se continúa con la división territorial de Estados, Distrito Federal, Territorios Federales y Dependencias Federales. El de los Estados se divide en Distrito y el de éstos en Municipios. El Distrito Federal y el de los Territorios Federales se dividían conforme lo determinaran sus leyes orgánicas.
• Se elimina la Corte Suprema de Justicia y se reemplaza por la Corte Federal y la Corte de Casación.
• El Ministerio Público estaba a cargo del Procurador General de la Nación.
• La Corte Federal y la Corte de Casación estaban integradas por vocales elegidos para un período de cinco años.
• El artículo 99 establecía una forma de presidencialismo que no había existido en las otras constituciones venezolanas "Lo relativo al Gobierno y a la Administración Nacionales no atribuidos por esta Constitución a otra autoridad, compete al Poder Ejecutivo Nacional."
• Los Senadores se elegían por la correspondiente Asamblea Legislativa de los Estados y por el Concejo Municipal en el caso del Distrito Federal, a razón de dos por cada entidad.
• Los Diputados se elegían por votación universal, directa y secreta.
• Se mantienen las facilidades respecto a la naturalización de latinoamericanos y españoles en Venezuela.
[editar] Constitución de la República de Venezuela de 1961
Artículo principal: Constitución de Venezuela de 1961
Constitución de caracter federal aprobada el 23 de enero de 1961 por el Congreso de la República durante la presidencia de Rómulo Betancourt. Estuvo vigente 38 años hasta que fue derogada por la aprobación de la Constitución de 1999 mediante Referendum popular el 15 de diciembre de 1999, Establece el principio de inviolabilidad de la Constitución.
A esta Constitución le fue aprobada la Enmienda N° 1 por el Congreso Nacional, fue Sancionada el 9 de mayo de 1973, promulgada el 11 del mismo mes y año, y publicada en la Gaceta Oficial N° 1585 del 11 de mayo de 1973. Su objetivo fue inhabilitar al ex-dictador Marcos Pérez Jiménez de ser electo Presidente de la República o desempeñar cargos parlamentarios ante el Congreso.
En 1983 se aprobo la Enmienda N° 2 Aprobada por el Congreso, fue Promulgada el 16 de marzo del mismo año, contempló varios aspectos innovadores. Entre otros: la reforma del sistema electoral para los Concejos Municipales y las Asambleas Legislativas. La enmienda fue sancionada tras dos años de discusiones del proyecto original, el cual no fue aprobado en su totalidad. Una propuesta de ampliación de los derechos políticos de los venezolanos por naturalización y permitir la intervención de los Concejos Municipales por parte del Congreso Nacional fueron rechazadas.
[editar] Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999
Artículo principal: Constitución de Venezuela de 1999
Texto constitucional vigente y unico que ha sido aprobado mediante referéndum popular el 15 de diciembre de 1999 y promulgado por una Asamblea Constituyente el 30 de diciembre de 1999, durante la presidencia de Hugo Chávez. Establece que Venezuela es un Estado Social de Derecho y de Justicia, Democrático y Federal.
A esta Constitución le fue introducida la Enmienda N° 1 que contempla la modificación de 5 artículos de la Constitución de 1999 (160, 162, 174, 192 y 230) con el fin de permitir la reelección inmediata de cualquier cargo de elección popular de manera continua o indefinida, propuesta por la Asamblea Nacional, y aprobada en Referendum popular el 15 de febrero de 2009.
Algunos de los hechos históricos que han permitido alcanzar el reconocimiento de los Derechos Humanos en el mundo
>>> el Código de Hamurabi: Tratando de aproximarse al origen de los Derechos Humanos, uno de sus principios estuviera en el Código de Hamurabi que es el primero en regular la conocida Ley del Talión en el cual se establece una proporcionalidad de la venganza, de la agresión y la respuesta.
>>> Los Diez Mandamientos del Antiguo Testamento: son otro antecedente en la historia de los Derechos Humanos; ya que estableciendo prohibiciones se reconocían valores fundamentales para los seres humanos. El Cristianismo, dio origen a una nueva etapa en el desarrollo histórico de los Derechos Humanos, al proclamar la igualdad entre los seres humanos y al rechazar la violencia. Todo ello contribuyó a la aceptación de principios, especialmente entre los pueblos oprimidos y los esclavos.
>>> El Derecho Romano: una de las herencias culturales mas perdurables que el Imperio Romano nos ha dejado y uno de los factores principales de la cultura de occidente es el Derecho Romano. Ha sido algo importante para el desarrollo de una vida disciplinada, no solo en el Imperio Romano sino también en el legado de sociedades posteriores. "Para el año 449 a.C. se habían expuesto las Doce Tablas, el principio por el cual los ciudadanos podían reclamar sus derechos y defender ante los tribunales".
>>> Declaración de Derechos de Virginia: Se la firmo un mes antes de la Declaración de Independencia de los Estados Unidos. En este documento se afirmaba que "la existencia de ciertos derechos innatos que tienen todos los hombres una vez que entran en estado de sociedad no se pueden privar o desposeer bajo ningún pacto". En resumen en este documento se afirma que "todo poder es inherente al pueblo y precede de el; los magistrados son mandatarios del pueblo, servidores y en cualquier momento responsables ante el; los poderes legislativo, ejecutivo y judicial deben ir separados; y la libertad de prensa es uno de los grandes baluartes de la libertad y no puede ser restringida jamás, a no ser por gobiernos despóticos".
>>> Declaración de Independencia de los Estados Unidos: En la Declaración de Independencia de los Estados Unidos se expresa de una manera muy bien lograda que "todos los hombres son creados iguales; son dotados por su creador de ciertos derechos inalienables, entre los cuales están la vida, la libertad y la búsqueda de la felicidad."Para garantizar estos derechos se instituyen entre los hombres, gobiernos que derivan sus poderes legítimos bajo el consentimiento de los gobernados. "Siempre que una forma de gobierno se haga destructora de estos principios el pueblo tiene el derecho a reformarlo o abolirlo e instituir un nuevo gobierno que se funde en dichos principios."
>>> La Revolución Francesa El desarrollo de los Derechos Humanos individuales alcanza su mayor riqueza en las ideas liberales de la Revolución Francesa en 1789, con la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, en donde se expresa el carácter universal de los Derechos Humanos y su pertenencia al hombre por ser humano. Esta Revolución se dio en momentos en que millones de personas eran objeto de opresión.
En la Declaración de los Derechos del hombre se reitera que los hombres nacen y permanecen libres e iguales con sus derechos; la meta de toda asociación política es la conservación de los derechos; el origen de la soberanía reside esencialmente en la nación, ningún órgano ni individuo pueden ejercer autoridad que no emane expresamente de ella; y por ultimo, la ley es la expresión de la voluntad general y todos los ciudadanos tienen el derecho de participar personalmente o por medio de sus representantes
>>> La Declaración Universal de los Derechos Humanos: Para terminar después de tantas luchas el 10 de diciembre de 1948, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobaba oficialmente la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH). Hubo 48 votos a favor, ocho abstenciones y ningún voto en contra. Por primera vez, los líderes de la humanidad tenían el coraje de poner por escrito la visión de una sociedad de personas libres e iguales y reconocer un conjunto de derechos a todos los seres humanos por el sólo hecho de serlo. Aunque no es vinculante, ni obligatoria su importancia es indiscutible. De hecho es el documento traducido a más idiomas del que se tiene constancia, 237 según la propia ONU. Para redactar la Declaración y elaborar una serie de instrumentos para la defensa de los derechos humanos se creó un Comité formado por ocho miembros: Eleanor Roosevelt, de Estados Unidos, René Cassin (Francia), Charles Malik (Líbano), Peng Chun Chang (China), Hernán Santa Cruz (Chile), Alexandre Bogomolov/Alexei Pavlov (Unión Soviética), Lord Dukeston/Geoffrey Wilson (Reino Unido) y William Hodgson (Australia).Ellos fueron los responsables de la DUDH, aunque la gran protagonista fue sin duda Eleanor Roosevelt, viuda del presidente Franklin Delano, fallecido apenas tres años antes en 1945. Se convirtió en una de las grandes defensoras de los Derechos Humanos y suya es la calificación de la DUDH como "la Carta Magna de la humanidad" cuando habló ante la ONU pidiendo su ratificación
Origen y evolución histórica de los derechos en Venezuela
A continuación presentamos algunos de los hechos históricos mas importantes que han permitido alcanzar el reconocimiento de los derechos humanos para la población venezolana
>>> La Resistencia indígena (1550-1560): Como una forma de protesta contra los abusos de los españoles, los indígenas de la costa oriental de Venezuela Destruían
los conventos y templos edificados por las congregaciones religiosas. Durante 40 años, los españoles no pudieron asentar sus ciudades en esta zona, debido a la fuerte resistencia de la población indígena.
>>> Primera rebelión popular contra las políticas económicas de la corona española (1749): Se trata de la primera revuelta popular contra el monopolio comercial ejercido por la Compañía Guipuzcoana en Venezuela. Aunque es aplastada, logra llamar la atención de las autoridades españolas, quienes finalmente reconocen el derecho de los productores y mercaderes locales a comerciar. En 1785 la Compañía Guipuzcoana es eliminada.
>>> Sublevaciones de población negra e indígena por sus derechos ,1795 (Coro), 1798 (Cariaco), 1799 (Maracaibo): Estas acciones de carácter popular pretendían protestar contra el cobro de impuestos por parte de la corona española al trabajo que realizaban, así como exigir la libertad de los esclavos. Fueron violentamente reprimidas y sus líderes perseguidos y ajusticiados. Destaca la acción de José Leonardo Chirinos en Coro, quien se convierte en líder principal de estas revueltas.
>>> Primeros movimientos independentistas (1797): Gual y España encabezan un movimiento multirracial (por primera vez se reconocía la existencia de diferentes grupos sociales y étnicos en Venezuela) inspirado en los ideales de la Revolución Francesa -libertad, igualdad, propiedad y seguridad-. La conspiración es descubierta y sus líderes ajusticiados y asesinados. Sin embargo, se considera el movimiento precursor de la independencia
>>> Creación de la Junta Patriótica (1810-1811): Con ánimo independentista se crea esta institución, que promueve la Declaración de Independencia por diversos medios: periódicos, protestas callejeras, reuniones políticas, en las que participan mantuanos, pardos y negros libres.
>>> La Guerra de Independencia (1821): Venezuela alcanza su libertad definitiva de la corona española con esta batalla, conducida por el Libertador Simón Bolívar.
>>> Abolición de la esclavitud (1854): El gobierno de Monagas produce un decreto que concreta las largas luchas de los esclavos negros por alcanzar su libertad.
>>> Primera huelga petrolera (1925): Los trabajadores petroleros realizan la primera protesta organizada para exigir mejores condiciones de trabajo y un salario más justo. No se alcanzan los resultados esperados.
>>>Aprobación de la primera Ley del Trabajo (1928): Las presiones de los trabajadores petroleros confluyen en la aprobación de la primera Ley del Trabajo, donde el Estado venezolano se acogía a los compromisos internacionales asumidos por la Sociedad de Naciones y la OIT. Sin embargo, esta medida no significó mejoras tangibles para los trabajadores
>>>Semana del Estudiante (Generación del 28) 1928: En plena dictadura gomecista, el movimiento estudiantil apela a la creatividad y solidaridad para expresar su oposición al gobierno. La elección de la reina de carnaval se convierte en un espacio de denuncia que produce la detención de varios dirigentes estudiantiles. Más de doscientos estudiantes se entregan voluntariamente a las autoridades para ejercer presión por la libertad de sus compañeros, meta que finalmente alcanzan
>>> Semana del Estudiante (Generación del 28) 1928: En plena dictadura gomecista, el movimiento estudiantil apela a la creatividad y solidaridad para expresar su oposición al gobierno. La elección de la reina de carnaval se convierte en un espacio de denuncia que produce la detención de varios dirigentes estudiantiles. Más de doscientos estudiantes se entregan voluntariamente a las autoridades para ejercer presión por la libertad de sus compañeros, meta que finalmente alcanzan
>>> Constitución Nacional (1961) El 23 de enero de 1958 una revuelta cívico-militar derroca al régimen del general Marcos Pérez Jiménez. La Junta de Gobierno promulga la nueva Constitución, que amplía la protección a los derechos sociales y mantiene las conquistas de derechos civiles, sobre todo los referentes al sufragio.
>>> El Caracazo 1989Espontánea y desordenadamente, una enorme poblada toma las calles de Caracas para protestar contra las medidas económicas anunciadas por el gobierno recién iniciado. La represión vivida en los días posteriores convierte este hecho en uno de los más lamentables en materia de respeto a los derechos humanos
>>>Una nueva Constitución Garantiza de los derechos humanos (1999)
Venezuela aprueba una nueva Constitución donde se reconocen y amplían un conjunto de derechos humanos, tanto civiles y políticos como económicos, sociales y culturales. La acción de las organizaciones no gubernamentales de derechos humanos fue primordial en este proceso.
>>> En la actualidad los derechos humanos en Venezuela en su mayoría no son tomados en cuenta por este gobierno; porque se agrede a las personas tanto físicamente como verbalmente, también son discriminados y perseguidos los que no están en su gobierno para completar no se toman en cuenta la constitución nacional y asen lo que quieren con ella.
Globalización e interculturalidad
Las referencias a la "globalización" y a la "mundialización" son desde hace unas dos décadas un tópico presente en muchas facetas de nuestra vida. Los medios de comunicación hacen un uso continuo, y a veces un abuso, de estos términos. Los estudios sociológicos, económicos, históricos, etc... la sitúan muchas veces como punto de partida de sus análisis prospectivos o como la principal conclusión de los mismos.
Pero más allá de los debates generales, y, en contraste con otros fenómenos que también se nos anuncian como de crucial importancia, pero ante los que permanecemos obligadamente como espectadores lejanos, las vivencias re-cientes de muchos de nosotros nos proporcionan experiencias personales directas y datos que nos hacen sentirnos implicados y nos dan una visión propia del fenómeno de la globalización.
Así, somos testigos, a veces asombrados, de cambios que nos ponen en con
contacto directo con otras culturas; muchos hemos viajado fuera de nuestro país e incluso a otros continentes; algunos tenemos a familiares directos viviendo, trabajando o estudiando en el exterior (de una nueva manera, no ya como nuestro abuelo emigrante); el paisaje humano de nuestros barrios, ciudades o pueblos ha comenzado a trasformarse con la presencia de emigrantes magrevies, latinoamericanos, africanos, asiáticos y centroeuropeos;
El fenómeno es indudable, el mundo se ha hecho más familiar y cercano para amplios sectores de la población de los países que nos consideramos desarrollados y también para importantes sectores de la población de los países que consideramos subdesarrollados o tercermundistas.
II. Una globalización de amplia base. No hay escapatoria
La globalización no es un fenómeno nuevo. En otras épocas zonas importantes del mundo experimentaron una importante "globalización" (pensemos en el Mediterráneo con el Imperio Romano o en la actual América Latina con la colonización española). Incluso podemos decir que el origen de la actual globalización se encuentra hace ya unos cientos de años en las primeras manifestaciones del capitalismo.
Claro que esta globalización, que viene impulsada por una cadena de cambios económicos de gran profundidad, tendrá, con toda seguridad, unos alcances finales en todos los terrenos que hoy por hoy seguramente se nos escapan, pero que sin duda están provocando las más intensas y rápidas transformaciones en la vida del planeta que ha conoci-do la humanidad.
Cierto es que los países y poderes dominantes tienen enormes recursos económicos, políticos, culturales y militares para canalizar la "globalización" hacia sus intereses y para oponerse a aquellos aspectos que les puedan ser perjudiciales. Pueden, por ejemplo, ejercer una enorme presión para imponer la libre circulación de capitales entre los países (lo que han conseguido casi al cien por cien), a la vez que imponen restricciones a la libre circulación de aquellas mercancías en las que no son competitivos (por ejemplo, la Unión Europea con los productos agrícolas) y levantan imponentes aparatos legales, policiales y culturales para impedir la libre circulación de personas y trabajado-res.
También la globalización se da en un marco eminentemente conservador y en un momento en que el dominio del capi-tal aparece como absoluto. Tanto es así que el pensamiento mayoritario percibe las principales consecuencias y manifestaciones actuales de la globalización poco menos que como un "fenómeno natural" ante el que sólo cabe la aceptación resignada o, como mucho, protegerse, pero al que no es posible modificar ni muchos menos dirigir. La fuerza de la "revolución conservadora" que domina el panorama mundial de la política y de la cultura es tal que grandes sectores de la población, incluso entre las víctimas de esta "globalización", aceptan con resignación los síntomas, sin preguntarse por las causas y por las fuerzas que los impulsan.
Culturas y globalización
En el terreno cultural, entendiendo cultura en su sentido más amplio, se dan algunas de las transformaciones que mayor influencia pueden tener sobre nuestro futuro y en el terreno cultural pueden estar también algunas de las respuestas a los problemas planteados.
Una de las características de la globalización es la importancia que en la misma tienen las llamadas "industrias cultura-les" (cine, televisiones, editoriales, discos, video, video-clips, revistas, radios, periódicos, etc...). Probablemente este aspecto se nos escapa muchas veces y tendemos a pensar en lo cultural como algo no dominado por las leyes del mercado y cuando hablamos de un mercado mundial estamos pensando más en automóviles, maquinaria o materias primas que en discos, películas o canales de televisión, mientras que las tendencias apuntan a que el volumen de intercambio en este segundo terreno sea cada vez más importante.
Probablemente nos siga sorprendiendo el dato de que tanto el valor de la producción interna como los ingresos por exportación de automóviles de los Estados Unidos, sean inferiores al valor de la producción interna y de las exporta-ciones de su industria audiovisual, y, probablemente, si tenemos en cuenta la importancia de estos fenómenos nos sea más fácil entender, más allá de su cara política, las causas de la agresiva guerra de las televisiones digitales en nuestro país, sus relaciones con socios exteriores (de México, Francia, etc..).
La globalización se manifiesta en gran medida en el terreno cultural y tanto por la velocidad de transmisión de los modernos medios culturales, como por la agresiva presencia de las industrias en un mercado en crecimiento, como por la movilidad de la población y, sobre todo, por la emigración desde los países subdesarrollados hacia los desarrollados y por los desplazamientos forzados de población (refugiados y desplazados), hacen que la globalización cultural no se dé como un sereno intercambio entre doctores que hablan latín y que comparten intereses y religión, o como un fenómeno de lenta permeabilidad entre culturas, sino como un choque de culturas de una embergadura, intensidad y brevedad en el tiempo como nunca antes ha conocido la humanidad.
Y ese "choque" de culturas, en la magnitud que se empieza a dar y en la que previsiblemente tomará en un futuro muy cercano en función, básicamente de las migraciones y la expansión y conexión de los medios de comunicación, puede llevar a múltiples conflictos culturales y a fuertes enfrentamientos por un mercado (el cultural) que conoce la más rápida expansión y que es fuente de inmensos beneficios económicos, o al nacimiento de una nueva realidad donde la interculturalidad empiece a ser un patrimonio de la humanidad.
VI.
disculpe pero en este gobierno y el de el gran chavez fueron donde mas se an respetados los derechos humanos
ResponderEliminar¿Está usted en sus cabales?
EliminarBUENA AYUDA MI ESTIMADA ,ABRAZOS DESDE CARABOBO
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